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14 de septiembre de 2025
Local

Hasta 9 años de cárcel por encender fogatas en áreas naturales protegidas

Hasta 9 años de cárcel por encender fogatas en áreas naturales protegidas
  • abril 1, 2022

MOISÉS SANTIAGO H

No se pueden pueden prender fogatas en áreas naturales protegidas ya que se mantiene la veda, indicó Julio Alberto Carrera Treviño, director del área de Maderas del Carmen, quien aseguró se aplicarán hasta nueve años de cárcel y cobertura de los daños ocasionados en las zonas afectadas; precisó que todo el personal a su cargo ha sido capacitado para atender cualquier emergencia durante el próximo período vacacional. 

Reiteró que existe el riesgo latente de que se registren incendios debido a la sequía que ha prevalecido por lo que se está recomendando no propiciar ningún tipo de fogata para evitar que se compliquen las cosas y se afecten los pastizales y áreas secas de los lugares recreativos. 

Aunque no han visto a algún paseante encendiendo una fogata han encontrado indicios de que la gente acude a zonas de recreo en las márgenes del río Sabinas y dejan cenizas lo que genera un riesgo latente de incendio. 

Reiteró que se mantiene vigente la veda para evitar hacer fogatas y las sanciones podrían ser aplicables por parte de la Procuraduría Federal de Protección Ambiental y serían hasta nueve años de cárcel y una cobertura económica para cubrir loa daños ocasionados por el siniestro.