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6 de febrero de 2025
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SAT da certeza jurídica a artistas plásticos sobre pago en especie

SAT da certeza jurídica a artistas plásticos sobre pago en especie
  • febrero 12, 2020

México, 12 Feb (Notimex).- La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) logró que en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2020 fueran incluidas reglas para dar certeza jurídica en la valoración de las obras de arte propuestas como pago en especie.

       “El objetivo es salvaguardar los derechos y garantías de los artistas plásticos”, enfatizó el órgano defensor de los pagadores de impuestos.

A través de un análisis, la Prodecon sugirió al Servicio de Administración Tributaria (SAT) considerar que las obras ofrecidas como pago en especie cumplían con el requisito de ser representativas de su autor, siempre que dichas obras sean similares en tamaño y técnica.

Señaló que lo anterior es resultado de la advertencia del exceso de requisitos por parte del comité de expertos en artes plásticas, nombrado por la Junta de Gobierno del SAT, al valorarse la representatividad de la obra de un artista plástico.

De manera que el SAT a cargo de Raquel Buenrostro incluyó reglas en la Publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal, que entró en vigor este año 2020.

En la primera se considera la posibilidad de evaluar nuevamente las obras de arte que fueron rechazadas para el pago de los impuestos Sobre la Renta (ISR) y al Valor Agregado (IVA), y en la segunda se establecieron las características que el Comité deberá tomar en cuenta a efecto de determinar si la obra es representativa del autor al momento de presentar la declaración anual.

A efecto de determinar la representatividad de una obra, indicó, el artista plástico deberá entregar un escrito al momento de presentar su declaración anual y manifestar que la obra presentada como propuesta de pago en especie es representativa de su producción artística.

Dicho documento debe contener el listado fotográfico de mínimo cinco piezas de las vendidas en cada año del trienio previo a la declaración y señalar la técnica y tamaño de las mismas, relacionando con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) emitido por dicha enajenación.

Si el artista vendió menos de cinco obras, el listado fotográfico deberá contar con todas las obras enajenadas. Además, deberá acompañar los certificados de autenticidad de cada una de las obras entregadas como propuesta de pago.

-Fin de nota-

 

NTX/CTS/RMN