SAT da certeza jurídica a artistas plásticos
México, 12 Feb (Notimex).- La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) logró que en la Resolución Miscelánea Fiscal 2020 fueran incluidas reglas para dar certeza jurídica en la valoración de las obras de arte propuestas como pago en especie, pues el objetivo es salvaguardar los derechos y garantías de los artistas plásticos”.
A través de un análisis sistémico, el órgano defensor de los pagadores de impuestos sugirió al Sistema de Administración Tributaria (SAT) considerar que las obras ofrecidas como pago en especie cumplían con el requisito de ser representativas de su autor, siempre que dichas obras sean similares en tamaño y técnica.
Señaló que lo anterior es resultado de la advertencia del exceso de requisitos por parte del comité de expertos en artes plásticas, nombrado por la Junta de Gobierno del SAT, al valorarse la representatividad de la obra de un artista plástico.
“Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos Sobre la Renta y al Valor Agregado y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares”, expuso.
De manera que el SAT, a cargo de Raquel Buenrostro, incluyó las reglas 11.1.10. y 11.1.11 en la Publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal, que entró en vigor el año en curso.
En la primera se contempla la posibilidad de evaluar nuevamente las obras de arte que fueron rechazadas para el pago de los impuestos Sobre la Renta (ISR) y al Valor Agregado (IVA), mientras que en la segunda se establecieron las características que el Comité deberá tomar en cuenta a efecto de determinar si la obra es representativa del autor al momento de presentar la declaración anual.
A efecto de determinar la representatividad de una obra, indicó, el artista plástico deberá entregar un escrito al momento de presentar su declaración anual y manifestar que la obra presentada como propuesta de pago en especie es representativa de su producción artística.
Dicho documento debe contener el listado fotográfico de mínimo cinco piezas de las vendidas en cada año del trienio previo a la declaración y señalar la técnica y tamaño de las mismas, relacionando con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) emitido por dicha enajenación.
Si el artista vendió menos de cinco obras, el listado fotográfico deberá contar con todas las obras enajenadas. Además, deberá acompañar los certificados de autenticidad de cada una de las obras entregadas como propuesta de pago.
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NTX/CTS/MAC