Capital Coahuila
WWW.CAPITALCOAHUILA.COM.MX
Jueves 26 de Diciembre 2024
UnidadInvestigación
| | |

Entró hoy en vigor el Código de Conducta de la Cámara de Diputados

fotonoticia_20190402131619_640

fotonoticia_20190402131619_640

02 de Julio 2019

México, 2 Jul (Notimex).- La Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados dio a conocer el Código de Conducta del órgano legislativo, que establece la forma en que los servidores públicos deben aplicar los principios, valores y reglas de integridad.

El documento establece que los funcionarios sujetarán su comportamiento al ejercicio del servicio público de forma honesta y evitarán en todo momento solicitar, exigir, recibir o pedir de manera indebida bienes, dinero, favores, donativos o regalos, para sí o para terceros.

Igualmente, determina realizar de manera eficiente y eficaz las funciones de fiscalización, control y jurisdiccionales propias de la Cámara, además de las inherentes a las funciones que desempeñan los órganos de gobierno, comisiones o comités de la institución.

El Código de Conducta señala que no se deben conceder privilegios o preferencias a ninguna persona física o moral que indebidamente intente obtener algún beneficio para sí o para un tercero, o pretender que el sentido de uno o más votos se emitan para que un dictamen, ley o decreto sea o no aprobado por el pleno, en una o más comisiones, comités o instancias de toma de decisiones.

Indica que hay que utilizar los recursos financieros, humanos y materiales que les son asignados de manera eficaz, eficiente, con austeridad, economía, transparencia y honradez, llevando a cabo los programas y objetivos de la Cámara, sin utilizarlos para beneficio personal o de terceros.

Apunta que se debe garantizar el acceso a los empleos, cargos o comisiones disponibles con base en la experiencia, idoneidad y grado de estudios de los candidatos, en cumplimiento, en su caso, de las reglas y criterios establecidos para el personal del Servicio Civil de Carrera, y cerciorarse que las personas no estén inhabilitadas.

Igualmente, no intervenir en la contratación de personas con quienes se tenga algún vínculo de negocio, personal o familiar, cumplir con horarios laborales y, en su caso, vigilar los de los subordinados; así como privilegiar las necesidades colectivas por encima de los intereses particulares o de grupo.

El Código de Conducta establece que los servidores públicos de la Cámara otorgarán trato digno, respetuoso y cordial a toda persona que por cualquier motivo se relacione con sus funciones, incluyendo a otros funcionarios de su mismo nivel, superiores y subordinados.

Tampoco deberán discriminar a nadie por su apariencia física, modo de hablar, idioma en el que se expresen, forma de vestir, de comportarse, color de piel, religión, situación familiar o económica, preferencias sexuales o políticas, origen étnico, estado civil, de género o sociales.

Aclara que las disposiciones también se aplicarán a los proveedores de bienes y prestadores de servicios con los que la Cámara de Diputados tenga alguna relación contractual.

-Fin de nota-

NTX/HAF/SBR