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12 de febrero de 2025
Nacional

Corte invalida normas por invadir competencia del Congreso de la Unión

Corte invalida normas por invadir competencia del Congreso de la Unión
  • enero 9, 2020

Por Gloria Islas

México, 9 Ene (Notimex).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó normas de las Leyes Orgánicas de las fiscalías de Colima y Michoacán, por invadir la competencia del Congreso de la Unión para legislar en materia de procedimental penal.

Las disposiciones locales prevén una restricción a la información emanada de las técnicas de investigación de delitos, lo que está relacionado con la materia procedimental penal, cuya regulación sólo le compete al Congreso General, en términos del Artículo 73, fracción XXI, inciso c), de la Constitución.

Lo anterior significa que la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia procedimental penal conlleva a la facultad de establecer las reservas que se obtengan en las investigaciones penales, lo cual incluso ya estaba regulado en el Artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

El Artículo 58.2 de la Ley Orgánica de la Fiscalía de Colima preveía, como obligación del Ministerio Público, que toda la información generada con las técnicas de investigación fuera de estricta confidencialidad.

En tanto, el Artículo 14 párrafo segundo de la Ley Orgánica de la Fiscalía de Michoacán establecía que los registros de la investigación, así como todos los documentos, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estuvieran relacionados, eran estrictamente reservados.

Por ello, el pleno determinó invalidar esas normas, que fueron impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

-Fin de nota-

 

NTX/GIR/MTG