El Congreso de Coahuila aprobó ayer por mayoría un nuevo Código Penal para Coahuila que entre sus 483 artículos y más de 2 mil páginas incluye 47 delitos contra el ejercicio deshonesto del servicio público al crear los delitos de corrupción, además de considerar una pena máxima por más de 60 años de cárcel.
Así, la contratación ilegal de deuda Pública, aplicación distinta de fondos, pagos ilegales, tráfico de influencia y encubrimiento de delitos cometidos por servidores públicos serán sancionados con penas corporales.
También, los de Simulación o falsedad en revisiones o auditorías externas a entidades oficiales; Manifestación falsa de no conflicto de intereses ante autoridad administrativa; Participación ilícita en procedimientos administrativos; Uso de información falsa o adulterada en procedimientos administrativos, y el delito de Colusión de Particulares.
Este nuevo Código Penal –aprobado por las fracciones parlamentarias del PRI, PAN, UDC, Partido Nueva Alianza, Verde Ecologista y Unidad Democrática de Coahuila, consta de 483 Artículos y tres Artículos Transitorios.
Entrará en vigor al día siguiente de que se publique en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el Decreto por el que se expide que será en 30 días, según informó la Junta de Gobierno que preside el diputado José María Fraustro Siller.
Este nuevo Código Penal fue analizado y desarrollado durante los últimos cuatro años por una Comisión Redactora integrada con los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia; con especialistas en materia penal de la Consejería Jurídica del Estado y con iniciativas de diputadas y diputados, según dijo el priista.
Fraustro Siller precisó que a nueva legislación es coherente con el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, la nueva Ley Nacional de Ejecución Penal y con los recientes progresos constitucionales para la transparencia financiera, rendición de cuentas y contra la corrupción.
“Incluye todos los ajustes y adaptaciones de la nueva legislación federal y nacional que se dio en el transcurso de los últimos cuatro años”, subrayó.
Qué dice el nuevo código
Artículo 71 (Uno de los más importantes)
Establece el catálogo de penas que se pueden imponer por los delitos de Prisión, Libertad supervisada; Trabajo en favor de la comunidad; Reclusión domiciliaria; Suspensión o privación de derechos; Destitución e inhabilitación de cargos, empleos o comisiones en entidades públicas.
Multa; Reparación del daño; Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito; y, Libertad vigilada, trabajo en favor de la comunidad o multa, como sustitutivos penales de las sanciones que prevea esté Código u otra ley. Las demás que este código u otras leyes de competencia de los jueces y tribunales del Estado prevean
Además
-Se crean nuevos delitos como el robo de identidad, entre otros.
– Garantía del control de constitucionalidad de las normas penales.
– Concepto de bienes jurídicos dignos de protección penal.
Se añaden como normas fundamentales en materia penal, a los principios de dignidad humana y no discriminación, de derecho penal de acto y no de autor; y de proporcionalidad en la individualización de las penas, según la gravedad concreta del injusto culpable.