Lista, la plataforma de deudores alimentarios
LAURA ESTRADA
La plataforma de deudores alimentarios quedó habilitada en la página del Poder Judicial del Estado, donde se podrán consultar los nombres y a través de los jueces de lo familiar solicitar el ingreso de un deudor o deudora.
Así lo dio a conocer Guadalupe Galván Ortiz, delegada del Instituto de Defensoría Pública en Acuña, quien dijo desgraciadamente hay deudores que ocultan deliberadamente sus ingresos, por lo que incurren en otro delito de materia penal.
Mencionó que el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), se puede consultar a través de la página www.pjecz.gob.mx y es mediante un procedimiento a través de los jueces de lo familiar, que el acreedor puede solicitar el ingreso del moroso o morosa. Cabe señalar que en esta página se puede descargar el archivo del REDAM y en consulta hecha por este medio se detectó solamente una persona del sexo femenino de esta frontera, ingresada por el juez de lo familiar el 18 de abril del 2023.
Recalcó que la ley es por igual para hombres y mujeres y en ese sentido, la persona que se encuentre en la base de datos estará impedida de poder tramitar su pasaporte mexicano, licencia de conducir o acceder a créditos de ninguna institución bancaria o de otra índole, entre muchas otras suspensiones, ya que aseguró la funcionaría que si no es capaz de pagar los alimentos a sus hijos, tampoco es solvente para pagar préstamos crediticios.
Lamentó que durante toda su gestión como Delegada, los problemas de tipo familiar que culminan con la demanda de pensión alimenticia no ha cambiado, y se siguen dando los casos en que el deudor oculta deliberadamente sus ingresos para no darle a los hijos el porcentaje que les corresponde o no darle de manera permanente, por lo que es común que prefieran no trabajar o hacerlo en empresas donde no les paguen vía nómina para que no haya un registro oficial de sus ingresos, o en caso de tener un negocio propio, lo ponen a nombre de alguien más.
Al respecto hizo hincapié en qué al evadir la responsabilidad y ocultar a propósito sus ingresos reales incurren en el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, el cual se sigue por la vía penal.
