Por: Miroslava Zapata
Ante la falta de flagrancia, el responsable de golpear y torturar a un menor de dos años, identificado como su padrastro, no puede ser detenido debido a que la ley en la materia es deficiente y protege a los inculpados, señaló el abogado Gerardo Pérez Pérez.
Lo anterior en relación al caso que atendió el Hospital del Niño por una fractura en la nariz, huellas de tortura, quemaduras de cigarro y mordeduras en diferentes partes de su cuerpo. Conforme lo establece el Código Nacional de Procedimientos Penales en relación con el artículo 16 constitucional, es un requisito indispensable para el aseguramiento del responsable que éste se encuentre en un estado de flagrancia, ser detenido al momento o instantes después y sea señalado por la víctima, explicó el experto en derecho.
“La sugerencia para las autoridades al momento de integrar la indagatoria es tener en cuenta el protocolo del niño en materia de salud pública, donde se indican algunos datos que hacen presumir en los padres la realización de conductas ilícitas en perjuicio del menor, uno de ellos es la antigüedad de las lesiones”.
La pesadilla de Dilac, de dos años de edad, terminó el pasado 12 de diciembre, al contar con la protección de autoridades regionales, tras llegar al Hospital del Niño para ser atendido de una fractura de nariz que supuestamente sufrió al caer, pero al ser revisado los médicos se percataron que el menor tenía en diversas partes de su cuerpo huellas de tortura como quemaduras de cigarro en el cuerpo y mordeduras de humano, siendo que las primeras ya tenían al menos dos meses.
Luego de evaluar la situación del menor, los galenos dieron aviso al Ministerio Público, quienes en coordinación con la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia (Pronnif) atendieron el caso. “Acudimos al lugar y en efecto nos percatamos que el menor sufría de violenciar”, dijo Mayela Reyes, subprocuradora de la Pronnif.