Revoca TEPJF convocatoria para presidencia del IEC
MIGUEL VILLARELLO
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió revocar parcialmente la convocatoria emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la designación de la presidencia —en este caso— del Instituto Electoral de Coahuila (IEC), al considerar que no garantizaba plenamente principios de equidad de género ni criterios adecuados de elegibilidad, por lo que se tendrá que emitir una nueva convocatoria, y será únicamente para mujeres.
Durante la sesión, se analizó el expediente identificado como SUP-JDC-168/2026, promovido por Edna Mayela Siller Ollervides, y sus acumulados 170 y 172, promovidos por diversas ciudadanas que impugnaron las bases de dicha convocatoria.
En el análisis trascendió que la ponencia, presentada por el magistrado Reyes Rodríguez y expuesta a través de su secretaria de estudio y cuenta, determinó que les asistía la razón en puntos clave.
En primer lugar, explicó, el proyecto establece que la persona que ocupe la presidencia del organismo electoral en Coahuila debe ser una mujer, con el objetivo de asegurar la alternancia de género en este tipo de cargos.
Al respecto, se destacó que, históricamente, sólo una mujer ha encabezado dicho instituto y que el último titular fue un hombre, lo que refuerza la necesidad de corregir la disparidad.
Asimismo, la Sala Superior, en voz de su magistrado presidente, Gilberto Bátiz García —quien emitió el resolutivo—, consideró fundada la inconformidad respecto de uno de los requisitos de elegibilidad. En particular, precisó que la restricción que impide haber sido registrada como candidata a un cargo de elección popular en los cuatro años previos debe aplicarse únicamente a candidaturas de partidos políticos.
Lo anterior, debido a que dichas candidaturas implican vínculos partidistas, financiamiento y plataformas ideológicas que podrían comprometer la imparcialidad de quienes integran autoridades electorales. En contraste, señaló que esta lógica no se extiende automáticamente a candidaturas independientes ni a aquellas provenientes del Poder Judicial, salvo prueba en contrario.
Por estas razones, el órgano jurisdiccional resolvió revocar el acto impugnado en la parte controvertida e instruir al INE a emitir una nueva convocatoria para el órgano electoral de Coahuila que incorpore los criterios establecidos en la sentencia.
